REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL No.9
DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO LARA
EN SU NOMBRE



Barquisimeto, 27 de Enero de 2004
Años: 193º y 144º


MEDIDA DE PROTECCION


KP01-S-2004-000095


Visto el escrito suscrito por el Dr. JORGE QUERALES, actuando en su condición de Fiscal Superior del Ministerio Público del Estado Lara y de conformidad con lo establecido en los Artículos 81, 82, 83, 84 y 85 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, según el cual solicita protección policial para la ciudadana MARIA GREGORIA ORTIZ CAMACARO, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 11.260.997 y residenciada en El Barrio Las Delicias, clle 3 con 3 en Barquisimeto Estado Lara. Que funcionarios de el C.P.C.P.C la han allanado su casa 14 veces y esto viene a raíz de que su hermana esta bajo beneficio Yoleida Ortíz por droga y ese caso lo lleva la Fiscalía 11 y es por eso que yo vengo aca pidiendo protecciòn para mi y mi familia porque temo por nuestras vidas... Por las razones antes expuestas, es por lo que solicityo ciudadano Juez, se sirva tomar las medidas de protecciòn necesarias para la ciudadana MARIA GREGORIA ORTIZ CAMACARO y su familia . Y así poder garantizar su oportuna intervención en el proceso penal...No. 13-F21-E-303-04 fundamentando su solicitud en lo previsto en el Ultimo Aparte del Artículo 30 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y 23 del Código Orgánico Procesal Penal.

Este Tribunal de Control una vez examinada la solicitud presentada, de conformidad con lo establecido en el Artículo 55 de la Constitución Nacional de la República Bolivariana de Venezuela acuerda la medida de protección policial a favor de la ciudadana MARIA GREGORIA ORTIZ CAMACARO, antes identificada, extensiva a los familiares que conviven con ella, todo de conformidad con el Artículo 108 Numeral 14, Artículos 23 y 120 Numeral 3° del Código Orgánico Procesal Penal.

Ofíciese al Comandante de las Fuerzas Armadas Policiales del Estado Lara a fin de que imparta las instrucciones pertinentes para la protección ordenada, a la Fiscalía Superior del Ministerio Público participando la medida acordada y notifíquese a la ciudadana ciudadana MARIA GREGORIA ORTIZ CAMACARO.

Regístrese y cúmplase.

La Jueza de Control No. 9

Dra. Pilar Fernández de Gutiérrez




El Secretario