REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veintisiete de enero de dos mil cuatro
193º y 144º
ASUNTO : KP02-S-2003-010008
Vista la solicitud de Rectificación de Partida de Nacimiento y sus anexos, presentada por la Fiscal Décima Cuarta del Ministerio Público, de la Circunscripción Judicial del Estado Lara ciudadana Mariela Viloria en la cual solicita se corrija el error involuntario existente en la Partida de Nacimiento del niño ANIBAL ALFONSO, se incurrió un error involuntario de señalar el año de nacimiento del niño como“1999” siendo lo correcto “1998”, este Tribunal observa:
Examinados los recaudos acompañados y las respectivas actas procesales, como es la partida de nacimiento y la acta de nacimiento del niño, se observa que efectivamente existe el error señalado por la solicitante.
En consecuencia, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 501 y 502 del Código Civil, ORDENA CORREGIR el error material y en consecuencia RECTIFICAR la Partida de Nacimiento del niño ANIBAL ALFONSO, en lo que respecta el año de nacimiento del niño, por cuanto deben señalar como “1998”, la cual se encuentra asentada en el libro de Registro de Nacimientos, bajo el N° 3764, folio N° 449 Vto. durante el año 1999, llevados por ante la Jefatura Civil de la Parroquia Juan de Villegas, Municipio Iribarren del Estado Lara.
A tal fin remítase a la Jefatura Civil de la Parroquia Juan de Villegas Municipio Iribarren, del Estado Lara y al Registro Principal del Estado Lara copia de la sentencia junto con oficio.
Expídase por Secretaría copia certificada de la presente decisión y entréguese a la parte interesada a los fines legales consiguientes.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en Barquisimeto, a los 27 días del mes de Enero del año dos mil tres. Años: 193° de la Independencia y 144° de la Federación.
La Juez de Juicio N° 2,
El Secretario,
Dra. Erlinda Oropeza Torres. Abog. Carlos Porteles.