REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veintiseis de enero de dos mil cuatro
193º y 144º
ASUNTO : KP02-S-2003-008280
La ciudadana CARMEN LUISA SOTO, venezolana, mayor de edad, de cédula identidad N° V- 7.311.804 y de este domicilio, presentó escrito donde solicita RECTIFICACION DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, en el sentido que fue obviado el apellido de su madre "BRITO" siendo sus apellidos correctos “SOTO BRITO”. La solicitud se admitió a sustanciación, y se acordó notificar a la Fiscal del Ministerio Público.-
Este Tribunal para decidir observa:
UNICO: Con los recaudos acompañados y la notificación de la Fiscal Décimo Quinta del Ministerio Público consignada, ha quedado comprobado el error, por lo que este Tribunal administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley ACUERDA rectificar dicha PARTIDA DE NACIMIENTO de la ciudadana CARMEN LUISA SOTO, venezolana, mayor de edad, de cédula de identidad N° V- 7.311.804, en el sentido de que se incluya el Apellido de la madre "BRITO", siendo sus apellidos "SOTO BRITO".- En consecuencia, se ordena al JEFE CIVIL DE LA PARROQUIA CATEDRAL DEL MUNICIPIO IRIBARREN DEL ESTADO LARA Y AL REGISTRADOR PRINCIPAL DEL ESTADO LARA, inserten la nota marginal correspondiente en la PARTIDA DE NACIMIENTO N° 1978., folio 216fte del año 1960. Queda firme en esta misma fecha.-
Publíquese y regístrese.- Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Tribunal, en Barquisimeto a los veintiseis días del mes de Enero de dos mil cuatro.- Años: 193º y 144º.-
LA JUEZ, LA SECRETARIA ACC,
ABG° PATRICIA CABRERA MANFREDI ABG° LORELY PINEDA M.
Públicada en su fecha a la 1:50 p.m.
PCM/LPM/jysp.
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