REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS IRIBARREN, CRESPO Y URDANETA
En fecha 29/01/2004, siendo la oportunidad fijada por el Tribunal, se constituyó la Juez y Secretario en la dirección del Acta, para practicar la medida de Entrega Material y Emb, Ejecutivo, nos atiende el Demandado, y se notificó de la misión de la Juez. Se designa Perito y Depositario. El Apod. Actor, indica bienes del 1 al 16, el Perito los valora en 1.490.000 Bs. La Juez los embarga y consuma la desposesión jurídica. El Notificado consigna 1.500.000 Bs., por lo que se suspende el embargo a los bienes. El Apod. Actor recibe la cantidad antes dicha en efectivo. Libre de personas y cosas el inmueble, se hace entrega al Apod. Actor, quien lo recibe en conformidad. El Tribunal cumplida su misión, regresa a su sede siendo las 1:25 pm., deja constancia que se canceló a perito y depositario la suma de 160.000 Bs., la hora y fracción. Se levantó Acta y la firman los intervinientes.