El día de hoy dos (02) de Febrero del dos mil cuatro(2004), siendo las dos y veinte de la tarde, (02:20pm), de conformidad con lo acordado y a pedimento de parte, se traslado y constituyo este JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en la Agencia 5 de Julio del Banco de Venezuela, ubicada en la calle 77 (5 de Julio), Municipio Maracaibo del Estado Zulia, sitio señalado por el Representante de la parte ejecutante Luis Alberto Sarcos Ortega, titular de la cedula de identidad N°10.450.158, en su condición de Presidente de la SOCIEDAD MERCANTIL IMPORTACIONES G.B.O. C.A., asistido por el abogado JAVIER RAMIREZ, inscrito en el IMPREABOGADO bajo el N° 83.195, a objeto de llevar a efecto la Medida de Embargo Preventivo decretada por el JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPÍOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con motivo del juicio de COBRO DE BOLIVARES POR INTIMACION en contra de la SOCIEDAD MERCANTIL IMPRESORA TECNICA DEL ZULIA S.A. Una vez constituido el tribunal en la dirección ya indicada procede a notificar de su misión a la ciudadana Karina Pirela, titular de la cedula de identidad N° 9.763.394, quien se identifico como Gerente de Servicios de la Agencia. Acto seguido la parte ejecutante IMPORTACIONES G.B.O, C.A, representada por Luis Sarcos, ya identificada, con la presencia del abogado JAVIER RAMIREZ, expuso: “Señalo para ser embargado el saldo que posea la cuenta corriente N° 46800-482, la cual pertenece a la parte demandada, todo hasta cubrir la suma decretada”. En este estado el tribunal solicita a la notificada que informe si existe en esta agencia la cuenta N° 46800-482, y si la misma pertenece a la SOCIEDAD MERCANTIL IMPRESORA TECNICA DEL ZULIA C. A., asimismo si posee saldo suficiente para cubrir la suma de CUATRO MILLONES CIENTO OCHENTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS SESENTA Y OCHO BOLIVARES (Bs.4.189.368,00). Acto seguido la notificada expuso: “Existe la cuenta corriente N° 46800-482, y la misma pertenece a la SOCIEDAD MERCANTIL IMPRESORA TECNICA DEL ZULIA S.A., y si tiene saldo suficiente para cubrir la suma requerida”. El tribunal en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA FORMALMENTE EMBARGADO PREVENTIVAMENTE, la cantidad de CUATRO MILLONES CIENTO OCHENTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS SESENTA Y OCHO BOLIVARES (Bs. 4.189.368,00), depositados en la cuenta N° 46800-482, de IMPRESORA TECNICA DEL ZULIA S. A., recibiendo en este acto el cheque de Gerencia N° 00578718, por el monto antes indicado y a nombre del Juzgado de la causa. Es todo, termino, se leyó y conformes firman, siendo las dos y cincuenta de la tarde (02:50 pm), del día de hoy.
EL JUEZ SUPLENTE ESPECIAL
LA NOTIFICADA
GERENTE DE SERVICIOS.
LA PARTE EJECUTANTE
SU ABOGADO ASISTENTE.
EL SECRETARIO
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