REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO LARA
TRIBUNAL DE CONTROL.
Barquisimeto, 18 de Febrero del 2.004
AÑOS: 193º y 144º
ASUNTO PRINCIPAL KP01-P-2004-000165
FUNDAMENTACIÓN
Este Tribunal en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley habiéndose cumplido con el contenido del Art. 130 del COPP y habiendo otorgado una Medida Sustitutiva tal como lo señala el Art. 256 Ord. 3ro y 4yo al ciudadano Deibis Rafael Méndez C. I 16.387.460 Edad 20 años, fecha de nacimiento 04-05-83, lugar de nacimiento Barquisimeto, Edo. Lara, Soltero, Buhonero, Hijo Rafael Ramírez y Zaida Méndez, domiciliado Barrio La Cruz entre calle 24 y 25 Vereda 1 A casa N ° 24-30, quien de acuerdo con las investigaciones lo considera responsable del delito de Porte Ilícito de arma de fuego previsto en el Art. 278 del C. P y sin embargo dada la entidad del delito y cuyas consecuencias sociales no son relevantes, no existe peligro de fuga ni obstrucción de la investigación, por lo que no se llenan los extremos del Art. 250, 251 y 252 considerando que la medida otorgada está ajustada a derecho y así se decide.-
JUEZ DE CONTROL N° 1
ABG. ANTONIO GUTIÉRREZ
La Secretaria
Abg. Maríadolores Guerrero
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