REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL No. 9
DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO LARA
EN SU NOMBRE
Barquisimeto 03 de Febrero de 2004
193º y 144º
ASUNTO No. KPO1-P-2002-001697
Recibida la presente causa por inhibiciòn de la jueza de Control No. 8 me avoco al conocimiento del asunto, a los fines de proveer sobre la solicitud presentada por la Ciudadana LUZ MARIA RODRÍGUEZ, por ante este Tribunal en fecha 2-2-04, requiriendo celeridad procesal, por lo que, revisadas como han sido las actas se OBSERVA:
Que le asiste la razòn a la solicitante, quien en su condición de vìctima observa la inasistencia reiterada del imputado JOSE HERNAN FERNANDEZ, a la audiencia preliminar, a pesar de constar en actas múltiples boletas de notificaciòn, generando con ello grave retardo procesal. Por lo que a los fines de asegurar la efectiva notificaciòn y continuidad del proceso sin obstaculizaciones ni dilaciones indebidas, se ACUERDA OFICIAR AL CUERPO DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS PENALES Y CRIMINALISTICAS del Estado Lara, para que en operaciòn conjunta con el mismo cuerpo investigativo del Estado Mérida, se garantice la presencia del imputado JOSE HERNAN FERNANDEZ, en la oportunidad fijada por el Tribunal para celebrar el acto procesal, quien es Venezolano, mayor de edad, portador de la cedula de identidad No. 8.713.666 con residencia en la Urbanizacion Los Curos, parte baja vereda 21, casa No. 04 en la ciudad de Mérida, Estado Mérida, por lo que funcionarios de ese organismo deberàn imponer al imputado de la obligaciòn en que està de presentarse al Tribunal el día 15-03-04 a las 9:00 am, a los fines de presenciar la audiencia preliminar. De las resultas de la notificaciòn deberà informarse al Tribunal. Ofíciese lo conducente, anexese copia del presente auto a los fines de su cumplimiento. Librese nueva notificaciòn al imputado que deberà remitirse al Cuerpo de Investigaciones cientificas Penales y Criminalisticas del Estado Lara. Todo de conformidad con lo previsto en los artículos 5 y 23 del Código Orgánico Procesal Penal.
Notífiquese a la víctima, regístrese y publíquese. Cúmplase.
La Jueza de Control No. 9
Dra. Pilar Fernández de Gutiérrez
El Secretario
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