REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Ejecución de Barquisimeto
Barquisimeto, 20 de Febrero de 2004
Años: 193º y 144º
ASUNTO PRINCIPAL: KP01-P-1999-000165
Firme como ha quedado la sentencia ABSOLUTORIA publicada en fecha 22.12.03, por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, a favor del ciudadano JOSE GREGORIO BATA, cédula de identidad Nº 11.187.458, venezolano, de 33 años de edad, residenciado en la carrera 21 entre entre calles 22 y 23, N° 23-64, de esta ciudad. Se deja constancia que no fue emitida la boleta de libertad plena por cuanto el penad no estuvo detenido en el Centro Penitenenciario de la Región Centro Occidental, Uribana. En consecuencia, remítase en su oportunidad el presente asunto al Archivo Judicial para su conservación.
El Juez de Ejecución N° 2
Abog. José Gregorio Martínez.
El Secretario
/yami
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