REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, 10 de Febrero de 2.004
193º y 144º

ASUNTO : KP02-S-2003-009330

En fecha 11 de Diciembre de 2.003, admite este Tribunal la solicitud suscrita por la ciudadana GIONELLA FABIOLA TERRIZZI VALERO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° 13.704.305, mediante la cual expone que por cuanto contraerá matrimonio, solicita se le designe Curador Ad-hoc al ciudadano ALEJANDRO JOSÉ ROJAS MENDOZA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 9.616.000, y de este domicilio, quien compareció en fecha 22 de Enero de 2.004, a aceptar el cargo, prestó el juramento de Ley, e informó al Tribunal que el niño no posee bienes de fortuna.
En consecuencia, examinados como han sido los recaudos presentados y cumplidos los requisitos de Ley exigidos, este Tribunal para la Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, a tenor de lo previsto en el Artículo 110 del Código Civil vigente, en concordancia con el Artículo l77, parágrafo cuarto, literal “e” de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, DECLARA CURADOR AD-HOC del niño FABRIZZIO ANTOINE KADADIHI TERRIZZI, al ciudadano ALEJANDRO JOSÉ ROJAS MENDOZA, antes identificado.
Expídase por Secretaría original de la presente decisión y hágase entrega con sus resultas a la parte interesada, a los fines legales consiguientes.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Juicio N° 3 del Tribunal para la Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en Barquisimeto, a los diez (10) días del mes de Febrero del dos mil cuatro (2.004). Años 193° de la Independencia y 144° de la Federación.

La Juez de Juicio N° 3


Dra. Carmen Elvira Moreno Arevalo
La Secretaria


Dra. Marielita Idrogo


CEM/MI/merly
Asunto: KP02-S-2003-009330
Curador Ad-Hoc