REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, doce de febrero de dos mil cuatro
193º y 144º
ASUNTO : KP02-Z-2004-000045
Vistas el presente acuerdo emanado de la Fiscalía Décima Cuarta del Ministerio Público suscrito por los ciudadanos YANICETH BRAVO y JUAN GARRIDO, titulares de la Cédula de Identidad Nos. 16.769.927 y 18.654.733, respectivamente, en beneficio de los niños YOANDRI JAVIER y YOANGER ALBERTO; este Tribunal lo admite en cuanto ha lugar a derecho por no ser contrario al orden público y a ninguna disposición expresa de Ley, estableciendo dicho convenio de alimentos de la siguiente manera:
PRIMERO: El padre se compromete a suministrar por concepto de obligación alimentaría en beneficio de sus prenombrados hijos, mercados balanceados de TREINTA MIL BOLIVARES SEMANALES (Bs. 30.000.°°) que serán entregados directamente a la madre.
SEGUNDO: Los gastos de transporte escolar serán cubiertos por el padre.
TERCERO: Los gastos médicos, medicinas, útiles y uniformes escolares, serán compartidos por ambos padres.
CUARTO: En la fecha de Diciembre el padre cubrirá todo lo que requieran sus hijos en ropa calzado y juguetes.
En consecuencia, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en artículos 315 y 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, HOMOLOGA el acuerdo Público suscrito por los ciudadanos YANICETH BRAVO y JUAN GARRIDO, y ordena que se tenga como una Sentencia Firme, haciendo saber a las partes que dicho acuerdo puede ser modificado posteriormente según las necesidades de los beneficiarios.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en Barquisimeto a los doce (12) días del mes de Febrero de dos mil cuatro . Años: 193° y 144°.

La Juez de juicio Nro. 1


Abog. María Álvarez Lucena.

La Secretaria.

Abg. Consuelo Vásquez.

MAL/carlos.