REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, diecinueve de febrero de dos mil cuatro
193º y 144º
Vista la solicitud de Rectificación de Partida de Nacimiento y sus anexos, introducida por la Fiscal Décimo Séptima del Ministerio Público, en la cual solicita se corrija la omisión existente en la partida de nacimiento del niño JOSE SUAREZ, quien fué inscrito en la Jefatura Civil de la Parroquia Juan de Villegas del Municipio Iribarren del Estado Lara, quedando anotado bajo el N° 1951 del libro de nacimientos llevado durante el año 2002, donde se omitió asentar los datos del padre del referido niño: siendo lo correcto asentar “JOSE MARGARITO JIMENEZ, cedula de dientidad N° V-12.370.089, domiciliado en Turmero, Sorocaima, Marcay, Estado Aragua, profesión Obrero”. Examinados los recaudos acompañados y las respectivas actas procesales, como son la partida de nacimiento del niño, emanada de la Jefatura civil de la Parroquia Juan de Villegas del Municipio Iribarren del Estado Lara y la copia fotostática de la cedula de identidad del padre del niño de autos y la declaración del ciudadano JOSE MARGARITO JIMENEZ. En consecuencia, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 501 y 502 del Código Civil, admite y ORDENA CORREGIR el error material y en consecuencia RECTIFICAR la Partida de Nacimiento del niño JOSE SUAREZ. A tal fin remítase a la Jefatura civil de la Parroquia Juan de Villegas del Municipio Iribarren del Estado Lara y al Registro Civil del Estado Lara copia de la sentencia junto con oficio.
Expídase por Secretaría copia certificada de la presente decisión y entréguese a la parte interesada a los fines consiguientes.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en Barquisimeto, a los diecinueve días del mes de Febrero del año dos mil cuatro. Años: 193 de la Independencia y 144° de la Federación.

La Juez de Juicio N°2

Dra ERLINDA OROPEZA
El Secretario,
Exp. N° KP02-S-2003-6945
EOT/ mlp