REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, diecinueve de febrero de dos mil cuatro
193º y 144º
ASUNTO : KP02-S-2004-000947
Vista la solicitud de Rectificación de Partida de Nacimiento y sus anexos, introducida por la Fiscal Décimo Cuarta del Ministerio de esta circunscripción judicial Dra. MARIELA VILORIA DE COLMENAREZ, haciendo uso de sus atribuciones las cuales están conferidas en el artículo 46 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del adolescente, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 170literal “c”ejusdem, cual solicita se corrija el único error existente en la partida de nacimiento del niño ANGEL LUISITANO, en la cual solicita se corrija el único error involuntario existente en la partida de nacimiento del niño quien fue inscrito en la Parroquia Juan de Villegas del Municipio Iribarren del Estado Lara, quedando anotada bajo el N° 6212, folio 091 vto. del Libro de Nacimientos llevado por la precitada Parroquia Civil durante el año 2002, en virtud de que se asentó el segundo apellido del padre como ”FIGUEROA” siendo lo correcto “FIGUEIRA”.
Examinados los recaudos acompañados y las respectivas actas procesales, como es la partida de nacimiento del niño, se observa que existe el error señalado en la referida partida de nacimiento, siendo lo correcto “FIGUEIRA”.
En consecuencia, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 501 y 502 del Código Civil, admite y ORDENA CORREGIR el error material y en consecuencia RECTIFICAR la Partida de Nacimiento del niño ANGEL LUISITANO siendo lo correcto asentar el segundo apellido del padre como “FIGUEIRA”.
A tal fin remítase al Registro Principal del Estado Lara y a la Parroquia Juan de Villegas del Municipio Iribarren del Estado Lara copia de la sentencia junto con oficio.
Expídase por Secretaría copia certificada de la presente decisión y entréguese a la parte interesada a los fines consiguientes.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en Barquisimeto, a los Diecinueve días del mes de Febrero del año dos mil cuatro. Años: 193° de la Independencia y 144° de la Federación.
La Juez de Juicio N° 2
Dra. Erlinda Oropeza Torres.
El Secretario
Exp. N° KP02-S-2004-000947
Rec. Part. Nac.
Martha.-
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, Diecinueve de febrero de dos mil cuatro
193º y 144º
ASUNTO : KP02-S-2004-000947
Oficio N° __________
Ciudadano
Jefe Civil Parroquia Juan de Villegas
Municipio Iribarren del Estado Lara
Ciudad.-
Anexo al presente oficio remito a Ud., decisión dictada por este Tribunal en relación con la rectificación de la partida de nacimiento del niño ANGEL LUISITANO DOS REIS CORONEL.
Remisión que se le hace a Ud., para los fines legales consiguientes.
Atentamente,
La Juez de Juicio N° 2
Dra. Erlinda Oropeza Torres.
Exp. N° KP02-S-2004-000947
Rec. Part. Nac.
Martha.-
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, Diciecinueve de febrero de dos mil cuatro
193º y 144º
ASUNTO : KP02-S-2004-000947
Oficio N° __________
Ciudadano
Registrador Principal del Estado Lara
Ciudad.-
Anexo al presente oficio remito a Ud., decisión dictada por este Tribunal en relación con la rectificación de la partida de nacimiento del niño ANGEL LUISITANO DOS REIS CORONEL.
Remisión que se le hace a Ud., para los fines legales consiguientes.
Atentamente,
La Juez de Juicio N° 2
Dra. Erlinda Oropeza Torres.
Exp. N° KP02-S-2004-000947
Rec. Part. Nac.
Martha.-
|