REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, diecinueve de febrero de dos mil cuatro
193º y 144º

ASUNTO : KP02-S-2003-008563
La ciudadana MARIA YICELINA YEPEZ ARANGUREN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 11.582.973, de este domicilio, presentó escrito solicitando la RECTIFICACIÓN DE SUS PARTIDAS DE NACIMIENTO, ya que por error asentaron en la partida de Nacimiento inserta en el Registro Principal del Estado Lara su nombre como“ MARIA YESELINA”, siendo lo correcto “ MARIA YICELINA ” y en la Jefatura Civil de la Parroquia Juan de Villegas asentaron su nombre como “ MARIA GICELINA” siendo lo correcto “ MARIA YICELINA” . La solicitud se admitió a sustanciación, y se acordó notificar al Fiscal de Familia.
Este Tribunal decidir observa:
UNICO: Con los recaudos acompañados y la notificación del Fiscal de Familia, ha quedado comprobado el error, por lo que este Tribunal administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley ACUERDA rectificar dichas PARTIDAS DE NACIMIENTO, en el sentido de que se asienten el nombre de la solicitante como “MARIA YICELINA” . En consecuencia, se ordena al JEFEC CIVIL DE LA PARROQUIA JUAN DE VILLEGAS DEL ESTADO LARA y al REGISTRADOR PRINCIPAL DEL ESTADO LARA, inserte la nota marginal correspondiente en la PARTIDA DE NACIMIENTO N° 665 folio 334 frente año 1975; Queda firme en esta misma fecha.-
Publíquese y regístrese.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Tribunal, en Barquisimeto a los 19 días del mes de Febrero de dos mil cuatro.- Años: 193° y 144°

LA JUEZ

ABG. PATRICIA CABRERA. LA SECRETARIA ACC.

ABG. LORELY PINEDA
Publicada en su fecha a las 12: 45 p.m.
Seguidamente se oficio bajo los Nos.0900- 456 y 0900-457
PCM/LP/sosa.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, diecinueve de febrero de dos mil cuatro
193º y 144º

ASUNTO : KP02-S-2003-008563
La ciudadana MARIA YICELINA YEPEZ ARANGUREN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 11.582.973, de este domicilio, presentó escrito solicitando la RECTIFICACIÓN DE SUS PARTIDAS DE NACIMIENTO, ya que por error asentaron en la partida de Nacimiento inserta en el Registro Principal del Estado Lara su nombre como“ MARIA YESELINA”, siendo lo correcto “ MARIA YICELINA ” y en la Jefatura Civil de la Parroquia Juan de Villegas asentaron su nombre como “ MARIA GICELINA” siendo lo correcto “ MARIA YICELINA” . La solicitud se admitió a sustanciación, y se acordó notificar al Fiscal de Familia.
Este Tribunal decidir observa:
UNICO: Con los recaudos acompañados y la notificación del Fiscal de Familia, ha quedado comprobado el error, por lo que este Tribunal administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley ACUERDA rectificar dichas PARTIDAS DE NACIMIENTO, en el sentido de que se asienten el nombre de la solicitante como “MARIA YICELINA” . En consecuencia, se ordena al JEFEC CIVIL DE LA PARROQUIA JUAN DE VILLEGAS DEL ESTADO LARA y al REGISTRADOR PRINCIPAL DEL ESTADO LARA, inserte la nota marginal correspondiente en la PARTIDA DE NACIMIENTO N° 665 folio 334 frente año 1975; Queda firme en esta misma fecha.-
Publíquese y regístrese.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Tribunal, en Barquisimeto a los 19 días del mes de Febrero de dos mil cuatro.- Años: 193° y 144°
LA JUEZ
ABG. PATRICIA CABRERA. LA SECRETARIA ACC.
ABG. LORELY PINEDA
Publicada en su fecha a las 12: 45 p.m.
Seguidamente se oficio bajo los Nos.0900-456 y 0900-457
PCM/LP/sosa