REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, nueve de febrero de dos mil cuatro
193º y 144º
ASUNTO : KP02-S-2003-003871

La ciudadana SILVIA MARIA BASTIDAS PERDOMO, Venezolana, mayor de edad, de este domicilio, solicitó la rectificación de su PARTIDA DE NACIMIENTO, en el sentido que figura el apellido de su padre como BASTIDA siendo lo correcto “BASTIDAS” y su fecha de nacimiento es 11 de Noviembre de 1948 (la fecha de nacimiento aparece como “roto”, en los libros de Registro Civil). La solicitud se admitió a sustanciación acordándose resolver sumariamente previa notificación al Fiscal de Familia del Estado Lara.
Este Tribunal para decidir observa:
UNICO: Con los recaudos acompañados, y la boleta anexa ha quedado comprobado el error señalado, por lo que este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley ACUERDA dicha rectificación en el sentido que figure el nombre correcto el apellido de su padre como BASTIDAS y su fecha de nacimiento es 11 de Noviembre de 1948.- En consecuencia ordena a la Jefatura Civil de la Parroquia Concepción, Municipio Iribarren y al Registro Principal del Estado Lara, inserte la nota marginal correspondiente en la Partida de Nacimiento No. 2042, folio (roto), año 1949. La presente sentencia queda firme en esta misma fecha.
Publíquese y regístrese.
Dado firmado y sellado en la Sala de Despacho de este Tribunal en Barquisimeto a los nueve dias del mes de Febrero de dos mil cuatro. Años 193º y 144º.