REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, nueve de febrero de dos mil cuatro
193º y 144º
ASUNTO : KP02-S-2003-008114

La ciudadana CECILIA DEL CARMEN MELENDEZ, venezolana, mayor de edad, con C.I. No. 11.426.514, de este domicilio, presento escrito donde solicita la RECTIFICACION DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, en el sentido de que figura escrito su nombre como "CARMEN SANCHEZ". La solicitud se admitió a sustanciación, se acordó notificar a la Fiscal del Ministerio Público y la publicación de un Edicto.
Este Tribunal para decidir observa:
UNICO: Con los recaudos acompañados, la notificación de la Fiscal Décimo Quinto del Ministerio Público y el Edicto ambos consignados, ha quedado comprobado el error señalado, por lo que este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley ACUERDA rectificar la PARTIDA DE NACIMIENTO de la solicitante antes mencionada en el sentido de que figure su nombre correcto como "CECILIA DEL CARMEN MELENDEZ". En consecuencia, se ordena al ALCALDE DEL MUNICIPIO SAN MIGUEL DISTRITO URDANETA DEL ESTADO LARA, y al REGISTRADOR PRINCIPAL DEL ESTADO LARA, inserten la nota marginal correspondiente en la PARTIDA DE NACIMIENTO signada con el No. 855, sin folio, Año 1973. La presente sentencia queda firme en esta misma fecha.-
Publíquese y regístrese.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Tribunal, en Barquisimeto a los nueve días del mes de Febrero del dos mil cuatro. Años: 193º y 144º.-
LA JUEZ, LA SECRETARIA ACC.,

ABG. PATRICIA CABRERA MANFREDI ABG. LORELY PINEDA M.
Publicada en su fecha a las 10:00 a.m.

Seguidamente se oficio bajo los Nos. 0900-254 y 0900-255.

PCM/LPM/Zaira.