REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transitode la Circunscripción Judicial del Estado Lara
ASUNTO : KN03-X-2005-000006
En fecha 14 de Diciembre del año 2004, la ciudadana PATRICIA RIOFRIO PEÑALOZA, en su condición de Juez del Juzgado Tercero del Municipio Iribarren del Estado Lara, procedió a levantar acta de inhibición, motivada la misma por haber emitido opinión sobre el fundo del litigio a traves del auto de fecha 22-09-2004, en el juicio de Desalojo, intentado por la ciudadana AMALIA ROSA LINAREZ DE MENDOZA contra el ciudadano SOTERO JIMENEZ. En fecha 26 de Enero del 2005, éste Tribunal recibió las actuaciones dándoles entrada y acordando decidir la misma conforme a lo previsto en el artículo 89 del Código de Procedimiento Civil, y a tales efectos se observa:
UNICO: Conforme se indicó anteriormente, la ciudadana PATRICIA LOURDES RIOFRIO PEÑALOZA, en su condición de Juez del Juzgado Tercero de Municipio Iribarren del Estado Lara, procedió a levantar acta de inhibición, motivada la misma por haber emitido opinión sobre el fondo del litigio, prevista dicha inhibición en el Artículo 82 ordinal 15° del Código de Procedimiento Civil venezolano vigente.
Ahora bien, por cuanto dicha confesión lo releva de prueba y evidencia que si se encuentra incurso en la causal de inhibición prevista en la normativa legal antes descrita, es por cuya razón que este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República y por Ministerio de la Ley, DECLARA CON LUGAR, la presente INHIBICIÓN, por estar fundamentada en causa legal. Así se decide.
Remítase con oficio copia certificada de la presente sentencia al Juez Inhibido, a los fines legales consiguientes.
Publíquese y regístrese y bájense las presentes actuaciones a la U.R.D.D. Civil, a los fines de su Distribución al Juzgado del Municipio Iribarren, que le correspondió conocer dicha causa.
Dada, sellada y firmada en la Sala de despacho del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en Barquisimeto, a los dos dias del mes de Febrero del mil Cinco (2005). Años 194º y 145º.
EL JUEZ
LA SECRETARIA
Dr. Julio Cesar Flores Morillo
Ivonnet Hernández

- Publicada hoy, 02-02-2005.a las 2:10 p.m.
La Secretaria