REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, 10 de Febrero de 2004
Años 193º y 144º
ACTA DE MEDIACIÓN Y CONCILIACION

N° DE EXPEDIENTE: KP02-L-2003-9807
PARTE ACTORA: JOSE LUIS DORANTES, C.I. 11.696.865
ABOGADO DE LA PARTE ACTORA: LUIS ELIEZER ROJAS, IPSA N° 102.296
PARTE DEMANDADA: QUESERA DOÑA MARIA, C.A., ciudadanos GONZALES GOMEZ MILAGROS ROSA, y CRESPO MANUEL OCTAVIO C.I. 10.765.188 y C.I. 4.803.061, respectivamente
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: HECTOR CHIRINOS ROJAS IPSA N° 52.696Y EFREN CARIPAIPSA N° 53.216
MOTIVO: CALIFICACION DE DESPIDO

Hoy, diez de febrero del año dos mil cuatro, (10-02-2004), día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecieron a la misma los ciudadanos, JOSE LUIS DORANTES como parte actora, El Abogado LUIS ELIEZAR ROJAS como representante de la parte accionante, HECTOR CHIRINOS ROJAS Y EFREN CARIPA, como apoderados de la parte demandada y los ciudadanos GONZALES GOMEZ MILAGROS ROSA, y CRESPO MANUEL OCTAVIO como representantes de la Empresa demandada, quienes han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo:
PRIMERO: las partes de común acuerdo han decidido estimar las prestaciones del Trabajador en NOVECIENTOS SESENTA MIL BOLIVARES (BS. 960.000,00)
SEGUNDO: La parte accionada cancelará la cantidad antes señalada en dos partes de CUATROSCIENTOS OCHENTA MIL BOLIVARES cada una (BS. 480.000,00)La primera el primero de marzo (01-03-2004) y la segunda por un monto similar para el veinte y nueve de marzo de 2004 (29-03-2004).
TERCERO: El incumplimiento de la parte accionada en efectuar el pago antes identificado o de alguna de sus cuotas dará derecho a la parte actora a pedir la ejecución forzosa de la presente acta de mediación, así como la condenatoria en costas y costos del proceso, incluyendo honorarios profesionales de abogados.
CUARTO: La parte actora está de acuerdo con todos los particulares expuestos en la presente acta y nada tiene que reclamar a los accionados por conceptos de calificación de despido, prestaciones sociales ni salarios caídos.
QUINTO: Este Tribunal, visto que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, da por concluido el presente proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables de los trabajadores, ni normas de orden público, decide HOMOLOGAR EL PRESENTE ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de Cosa Juzgada.


Los Presentes.



EL JUEZ


Abg. Socorro Teresa Campos Montesinos
LA SECRETARIA
Abg. MARIA ALEXANDRA ODON