REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPERIOR DE LO
CONTENCIOSO TRIBUTARIO DE LA REGION CENTRAL
Valencia, 19 de febrero de 2004.
193° y 144°
Sentencia Definitiva N° 005
Vencido como se encuentra el lapso para la apelación conforme a lo establecido en el articulo 267 del Código Orgánico Tributario, de la sentencia interlocutoria dictada el 23 de enero de 2004, declarando INADMISIBLE el Recurso Contencioso Tributario contenido en el expediente N° 0044, por ilegitimidad de la persona que se presenta como apoderada o representante de la recurrente la ciudaddana Berliza M. Rattia, en su condición de Contador Público independiente de la firma comercial Distribuidora Fiorella, C.A , y vista la diligencia en fecha 19 de febrero de 2004, suscrita por la abogada Elsis Leal, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado N° 46.812, en su carácter de representante Judicial del Fisco Nacional, adscrita a la División Jurídica Tributaria de la Gerencia de Regional Central del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), solicitando que se proceda a dar por terminada la presente causa y se ordene el archivo del presente expediente, este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Central, declara definitiva la sentencia interlocutoria N° 0028 de fecha 23 de enero de 2004, y se ordena el archivo del respectivo expediente.
Publíquese y regístrese.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Central. En Valencia, a los diecinueve (19) días del mes de febrero de dos mil cuatro (2004). Año 193° de la Independencia y 144° de la Federación.-
El Juez,
Abg. José Alberto Yanes García
La Secretaria,
Abg. Jenny Rodríguez Lamón
Exp. 0044
JAYG/ycv
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