REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, trece de julio de dos mil cuatro
194º y 145º
ASUNTO : KP02-V-2003-001944
Vista la solicitud de Medida de Secuestro, realizada por el abogado Zalg Salvador Abi Hassan, en diligencia de fecha 01-07-04, este Tribunal la niega, por cuanto no se encuentran llenos los requisitos establecido en el articulo 585 del Código de Procedimiento Civil, referentes al periculum in mora y el fumus bonis iuris, así como tampoco los requisitos específicos establecidos en el articulo 599, toda vez que tratándose de una acción de cumplimiento de contrato la definitiva exigibilidad de las prestaciones que corresponden a cada una de las partes, esta sujeta a la prueba que se produzca en la etapa correspondiente, sin que esten dadas en esta fase del juicio, los requisitos para la procedencia de la medida.
La Juez
Tamar Granados Izarra
La Secretaria
María Fernanda Alviarez
TGI/mfa