EXP. Nº6878-04.
DEMANDANTE: AMNA MUSTAFA SUAREZ.
DEMANDADO: MARGARITA DE JESUS RAMIREZ MORA.
MOTIVO: COBRO DE BOLIVARES (Intimación).
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA. Carora, 21 de Julio de 2.004.
193º y 145º
Visto el desistimiento realizado en la presente causa, el día 20 de Julio de 2.004, por la ciudadana AMNA MUSTAFA SUAREZ, titular de la cédula de identidad Nº 9.608.697, Abogado en ejercicio, inscrita en el I.P.S.A. bajo el Nº 90.201, parte demandante, y la aceptación del mismo hecho por el Abg. CARLOS HERNANDEZ RODRIGUEZ, inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nº 6.750, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada ciudadana MARGARITA DE JESUS RAMIREZ MORA, este Tribunal por cuanto lo considera legalmente procedente imparte su respectiva homologación con su consecuencial efecto de Cosa Juzgada. Se ordena la entrega del instrumento cambiario que corre inserto al folio Tres (3) del presente expediente, con la respectiva nota Secretarial; así como también la devolución de todos los originales consignados con el libelo de la demanda previa sus certificaciones en autos, conforme a lo solicitado. Se da por terminada la presente causa y se ordena el archivo del expediente.
El Juez Titular
Abg. RAFAEL ALBAHACA MENDOZA
El …………..
Secretario,
Abg. JOSE FERNANDO CAMACARO TOVAR.
En esta misma fecha se registro bajo el Nº 156-04, se publicó a las 12:00 m., se expidió una copia certificada del presente auto, y se archivó el expediente.-
El Secretario,
Abg. JOSE FERNANDO CAMACARO TOVAR.
RAM/tla.6
Exp.Nº 6878-04.
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