REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS IRIBARREN, CRESPO Y URDANETA

En fecha 29/07/2004, se constituyó Juez y Secretario para cumplir el Reenganche, nos atiende la Secretaria de la empresa, se notificó de la misión del Juez y dice que la Gerente ya viene. Siendo las 9:26 am, se presenta la Gerente, se impuso de la misión, dice que la empresa no había cumplido la sentencia en espera de decisión del Tribunal Supremo. El Juez aclara que este no es un acto de Notificación sino de Ejecución que ordena de inmediato el reenganche y pago de salarios al Actor. El Juez procede al Reenganche del Trabajador y pagos de salarios caídos. La Notificada dice que se reengancha al Trabajador en su puesto y de los salarios caídos se pondrá de acuerdo con el Abogado del Actor, quien con Abogado acepta la propuesta de la empresa siempre que no pase de 6 días hábiles el pago de salarios. El Juez da por concluida su misión, regresa a su sede siendo las 10:30 am. Se levantó Acta y la firman los intervinientes.