REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS IRIBARREN, CRESPO Y URDANETA
En el día de hoy, siendo las 9:10 a.m., se trasladó y constituyó este Juzgado en la carrera 21 entre calles 31 y 32, N° 31-58, Barquisimeto, Municipio Iribarren del Estado Lara, acompañados del abogado ARVIS S. CANELÓN, INPRE N° 34.817, apoderado judicial del demandado, así como de MARIO DURÁN, C.I.: 16.750.736, designado cerrajero quien aceptó el cargo y prestó juramento de ley. Una vez en el lugar y hecho el llamado a las puertas no fuimos atendidos por persona alguna, motivo por el cual no fue posible practicar la notificación de ley. Seguidamente el cerrajero abrió las puertas del inmueble arriba identificado evidenciándose que el mismo se encontraba totalmente libre de personas y bienes así como en estado de ruinas. Seguidamente el Tribunal materializó la desposesión jurídica del inmueble y lo entrega libre de personas y cosas al apoderado judicial del demandado quien procedió al aseguramiento de las puertas. A las 9:55 a.m. terminó el acto.