REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara.
Barquisimeto, Miércoles, 21 de Julio de 2004.
Años: 194º y 145º


ASUNTO: KP02-L-2004-000731.

Observa el Tribunal que el presente asunto, trata de Recurso de Apelación interpuesta por la Abogada DAMARIS LAMEDA, con el carácter de apoderada judicial de la parte demandada REPRESENTACIONES SONAMET C.A., contra la sentencia dictada en fecha 27 de noviembre de 1996, por el Juzgado del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara.

Al respecto, es pertinente señalar que a raíz del nuevo régimen laboral, se dictó Resolución N° 21, del 06 de Agosto del 2003, emanada de la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, estableciendo el Tribunal competente para conocer de las causas que se encontraban en los Tribunales de Instancia. En efecto, establece la referida Resolución en su artículo 18, que:

“Los Juzgados de Municipio de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, que en virtud de su cuantía conozcan de causas de trabajo continuarán conociendo de las mismas hasta su decisión. De las apelaciones de estas causas conocerá el Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara”.

En merito de las anteriores consideraciones, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, ordena enviar mediante Oficio el presente asunto a la Unidad Recepción y Distribución de Documentos del Estado Lara, a los fines que remita el mismo al Juzgado Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, para su conocimiento.


Abg. FRANK RODRÍGUEZ LUNA
Juez
Abg. María Alexandra Odón
Secretaria