REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Cuarto Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, 22 de Julio de 2004
Años 194º y 145º
Nro. DE EXPEDIENTE: KP02-L-2004-000621
PARTE ACTORA: RAMON ANTONIO RODRIGUEZ MEDINA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 7.333.556.
ABOGADO DE LA PARTE ACTORA: PASTOR JOSÉ MUJICA, Abogado en ejercicio, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 90.365.
PARTE DEMANDADA: FUNDACIÓN PARA EL DEPORTE DEL ESTADO LARA (FUNDELA)
APODERADOS JUDICIALES DE LA DEMANDADA: SANDRA VERONICA CORDIDO MADRID, abogada en ejercicio, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 90.291.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES
En el día hábil de hoy 22 de Julio de 2004, siendo las 10:30 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, se deja expresa constancia que una vez hecho el llamado respectivo de las partes en juicio, comparecen solo los apoderados de la parte accionada, FUNDACIÓN PARA EL DEPORTE DEL ESTADO LARA (FUNDELA), abogada SANDRA VERONICA CORDIDO MADRID, abogada en ejercicio, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 90.291, tal como consta en documento poder entregado en original y copia para su certificación. Así mismo se deja expresa constancia que la parte actora, RAMON ANTONIO RODRIGUEZ MEDINA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 7.333.556 no compareció ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, éste Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Estado Lara en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISIÓN. Años 194° y 145°.
La Juez
Abg. Carmen Rosa Campolargo
LA SECRETARIA
Abg. Eliana A. Costero E.
Apoderada Judicial de FUNDELA
Sandra V. Cordido M.
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