REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO CARABOBO
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE EJECUCIÓN
Valencia, 7 de Julio de 2004
Años 194º y 145º
ASUNTO : GL01-P-2003-000026
Por recibido escrito presentado por la ciudadana Zuleima Georgina Cortes Machado, titular de la cédula de identidad N° 17.192.011, por medio del cual consigna Certificación de Defunción y Permiso de Enterramiento de la occisa Carmen Mildred Adel Machado Moreno, quien falleció en fecha 06-07-04, la cual será enterrada en el Cementerio Municipal de Valencia de esta ciudad, agréguese a la presente actuación escrito presentado por la ciudadana Zuleima Georgina Cortes Machado, el cual guarda relación con el asunto seguido al penado Rigo Alberto Machado Moreno. Visto el contenido del referido escrito este Tribunal para decidir observa. PRIMERO: Señala el artículo 2 de la Ley de Régimen Penitenciario que el período de cumplimiento de las penas será utilizado para procurar la rehabilitación del penado y su readaptación social; a fin de lograr esta readaptación y rehabilitación la familia es pilar fundamental durante éste período. El artículo 75 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela señala: “El Estado protegerá a las familias como asociación natural de la sociedad y como el espacio fundamental para el desarrollo integral de las personas…”. SEGUNDO: No se evidencia de las actuaciones que el penado antes señalado haya incumplido con alguna de las condiciones que le fueron impuestas por este Tribunal. Es por ello que este Tribunal considera procedente autorizar el traslado con las seguridades del caso, del penado Rigo Alberto Machado Moreno, titular de la cédula de identidad N° 13.469.139, a lo fines de que asista al entierro de su hermana quien en vida respondiera al nombre de Carmen Mildred Adel Machado Moreno, en el Cementerio Municipal de Valencia Estado Carabobo. Por consiguiente se acuerda Oficiar al Director del Internado Judicial Carabobo, que deberá trasladar en el día de hoy antes de las 2:00 de la tarde, al penado Rigo Alberto Machado Moreno, desde el Internado Judicial Carabobo hasta el Cementerio Municipal de Valencia, para que asista al sepelio de la occisa Carmen Mildred Adel Machado Moreno. Por las consideraciones expuestas, este Juzgado de Primera Instancia en función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, AUTORIZA el permiso solicitado para que el penado Rigo Alberto Machado Moreno, antes identificado asista al sepelio de su hermana antes mencionada, en el Cementerio Municipal de Valencia el día 07-07-04, antes de las 2:00 de la tarde, debiendo por tanto reingresar al Internado
Judicial Carabobo. Líbrese oficio al Director del Internado Judicial Carabobo. Notifíquese.
Abg. Diana Calabrese Canache
Juez de Primera Instancia Penal
en función de Ejecución N° 3.
La Secretaria,
Abg. Yecenia Hidalgo.
En la misma fecha se cumplió lo ordenado.
La Secretaria,
Abg. Yecenia Hidalgo