REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL DEL L.O.P.N.A. EXTENSIÓN BARQUISIMETO.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
Tribunal de Control Sección Adolescentes de Barquisimeto
Barquisimeto, 24 de Mayo de 2004
194º y 145º

ASUNTO PRINCIPAL: KP01-D-2003-000098
Resolución publicada en fecha 13.05.04. Por lo antes expuesto este Tribunal en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley declara la RESPONSABILIDAD PENAL DE LOS identidad omitidas por el delito de Robo Genérico en perjuicio de Atilio E. Falcón y los sanciona con la medida de Amonestación, Servicios a la Comunidad por el lapso de 6 meses, imposición de reglas de conducta por el lapso de 2 años y libertad asistida por el lapso de 2 años, las cuales cumplirán simultáneamente, previstas en los artículos 620, 623, 624, 625 y 626 de la LOPNA.

El Juez,

El Secretario,

Abog. Gerardo Pastor Arias.