REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CIVIL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso-Administrativo de la Region Centro Occidental
Barquisimeto, quince de junio de dos mil cuatro
194º y 145º

ASUNTO : KP02-O-2004-000181
Visto el Recurso de Amparo, interpuesto por los ciudadanos ALEXIS DAVID CHIRINOS CARRASCO y ELSIO JOSÉ RIVERO, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad números 3.859.267 y 3.320.455, de este domicilio, mediante el cual solicita se dictamine si es un desacato el no dar respuesta en los lapsos establecidos, si existe irrespeto, se determine si se cumplió o no se cumplió con las sentencias dictadas, que se determine si se violentó el artículo 141 de la Constitución Nacional, se dictamine si la violación acarrea responsabilidad individual por abuso o desviación del poder, que se determine si el irrespeto es un quebrantamiento a la colaboración de poderes, que se suspenda al Alcalde como medida pre-cautelar y que se oficie a la Cámara Municipal para que se nombre un Alcalde Provisional.
Ahora bien, alega la parte recurrente en el presente recurso, que según sentencias de fechas 23-09-2003, Exp. 7995 y 23-03-2004, Exp. 8539, ambas emitidas por este Juzgado, y se ordenó al Alcalde del Municipio Iribarren el dar respuesta oportuna y adecuada, en el lapso dispuesto por el tribunal para el cumplimiento de lo ordenado.
En base a lo anterior, este Tribunal Niega la Admisión por cuanto lo solicitado es una ejecución de Sentencia que debe hacerse en el expediente respectivo y no por amparo autónomo y el resto del petitorio no son derechos constitucionales y por ende debe declarrase su Improcedencia. En consecuencia se declara IMPROCEDENTE la presente acción de amparo interpuesto por los ciudadanos ALEXIS DAVID CHIRINOS CARRASCO y ELSIO JOSÉ RIVERO, ambos identificados en la parte superior de este auto.
El Juez,

Dr. Horacio González Hernández
La Secretaria Temporal,

Abog. Sarah Franco Castellanos



HGH/nt