REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS IRIBARREN, CRESPO Y URDANETA
En fecha 22/06/2004, oportunidad fijada, se constituyó Juez y Secretario en la dirección del Acta, a solicitud de la Parte Actora a fin de cumplir el Embargo Ejecutivo, nos atiende un Ciudadano y se notificó de la misión del Tribunal. El Juez designa Perito y Depositario, la Parte Actora señala bienes del 1 al 10, y el Perito los valora en 11.970.000 Bs., el Juez los Embarga consumando la desposesión jurídica, y lo entrega al Depositario bajo inventario. Siendo las 6:00 pm, se presenta la representante de LEPA, C.A., asistida de Abogado y hace oferta de pago y cancela cantidades dichas en Acta. La Actora acepta el pago y expone sus condiciones y dice haber recibido en este acto cantidades en Cheques descritos en Acta. Se dejó lo embargado en custodia de la demandada y se ordenó remitir lo actuado al Comitente. El Tribunal cumplida su misión, regresa a su sede siendo las 6:30 pm. Se levantó Acta y la firman los intervinientes.