REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS IRIBARREN, CRESPO Y URDANETA

Siendo las 1:30 p.m, se trasladó y constittuyó este Trib. a calle 40 entre 14 y 15 local Sn/Nro, al lado del inmueble N° 14-23 Barqto Edo Lara, acompañados por el abog. actor Leonardo Negrete Inpre 31.198. No fuímos atendidos por persona alguna, motivo por el cual fué imposible prácticar la notificación de ley. A requerimiento del actor se designó al ciudadano Freddy Cordero C.I. 11.791.326 como cerrajero quien aceptó el cargo y prestó juramento de ley. Abiertas las puertas se evidenció que el inmueble estaba totalmente libre de personas y bienes. El Trib. materializó la desposesión jurídica del inmueble identificado en acta y lo entregó libre de personas y bienes al apoderado actor quien procedió al aeguramiento de las puertas. El actor se reservó el derecho de prácticar el embargo ejecutivo decretado por el Comitente, una vez sean localizados bienes de la demandada. Pidió devolución de la comisión. No se retiraron bienes del lugar. Siendo las 2:25 p.m; terminó el acto