REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EL JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, BANCARIO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO
SOLICITANTES: LUIS E. LUQUE U. y SHEYLING K. VEGAS S.
ABOGADOS ASISTENTES: ESTHER MARTINEZ y ELIA RODRIGUEZ
MOTIVO: SEPARACION DE CUERPOS
EXPEDIENTE No. 47.211.-
Mediante escrito presentado en fecha 10 de junio de 2002, por la abogado ESTHER MARTINEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 9.647.089, e inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 61.795, apoderada judicial del ciudadano LUIS ELEAZAR LUQUE URDANETA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 11.811.856, y de este domicilio, y la ciudadana SHEYLING KATHERINE VEGAS SILVA, venezolana, mayores de edad, titular de la cédula de identidad N° V-12.108.104, asistida por la abogado ELIA RODRIGUEZ REQUENA, titular de la cédula de identidad N° 7.104.096, e inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 40.067, solicitaron del Tribunal decrete la Separación de Cuerpos en base a las siguientes consideraciones: Manifestaron los cónyuges en su escrito, que contrajeron matrimonio civil por ante el Juzgado Sexto de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en fecha 26 de mayo del 2.001; que durante dicha unión matrimonial no procrearon hijos, ni bienes objeto de liquidación.-
Previa su distribución correspondió a este Tribunal conocer del presente procedimiento, por lo que en fecha 19 de junio de 2002, se le da entrada.-
En fecha 22 de julio de 2002, comparecieron los cónyuges, asistidos de abogado, declarándolos el Tribunal solemnemente separados de cuerpos y de Bienes con todas las consecuencias legales de dicha separación.-
En fecha 03 de junio de 2004, comparecieron la apoderada judicial del ciudadano LUIS ELEAZAR LUQUE URDANETA, abogado ESTHER MARTINEZ, y la ciudadana SHEYLING VEGAS SILVA, asistida por la mencionada abogado, solicitaron se decrete la conversión en divorcio, por cuanto ha transcurrido más de un (01) año sin haberse producido reconciliación alguna entre ellos.-
Ahora bien, por cuanto ha transcurrido el lapso establecido en la Ley y se dio cumplimiento a lo establecido en el articulo 185 del Código Civil, este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CONVERTIDA EN DIVORCIO, la separación de cuerpos formulada por los ciudadanos ESTHER MARTINEZ, en su carácter de apoderada judicial del ciudadano LUIS ELEAZAR LUQUE URDANETA y SHEYLING KATHERINE VEGAS SILVA, ya identificados en esta sentencia y, en consecuencia, DECLARA DISUELTO el vínculo matrimonial que los une desde el 26 de mayo del 2.001, contraído por ante el Juzgado Sexto de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, tal como consta de copia certificada de acta de matrimonio inserta en autos.-
No se hace pronunciamiento sobre hijos, ni bienes por no constar en autos su existencia.-
Publíquese y déjese copia.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Bancario y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en Valencia a los siete (07) días del mes de junio del año dos mil Cuatro. Años: 194º. y 145º.
El…
Juez Provisorio,

Abog. RAFAEL RICARDO GIMENEZ
La Secretaria Titular,

Abog. CORALIA LISAUZABA T.
En la misma fecha se dictó y publicó la anterior sentencia, siendo las 9:30 de la mañana. Exp. N° 47.211.-
La Secretaria,
RRG/CL/ m.o.-