REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo
Valencia, diez de junio de dos mil cuatro
194º y 145º

ASUNTO : GP02-S-2004-000049
ACTA

N° DE EXPEDIENTE:GP02-S-2004-000049
PARTE ACTORA: PEDRO DAVID SILVA
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA:
PARTE DEMANDADA: TAXI SERVICE, C.A
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: MARISELVA DEL VALLE.
MOTIVO: CALIFICACIÓN DE DESPIDO

En el día hábil de hoy 10 de Junio de 2004, siendo las 2:04 PM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia PRELIMINAR,encontrándose presente la ciudadana Mariselva Del Valle, quIeN a los fines de acreditar su representación presenta copia de instrumento poder,se deja expresa constancia que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Cuarto de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, CONSIDERA DESISTIDO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 145 y 194.



El Juez

El Secretario

Abg. Emilia Yrureta Ortíz





La representante de la demandada