REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SÉPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.

ACTA

N° DE EXPEDIENTE: GP02-L-2004-000449
PARTE ACTORA: BLADIMIR BAUBLYS
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: ELBA CHAVEZ R.
PARTE DEMANDADA: CORRUGADORA LATINA & C.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: EDUARDO AULAR BARRIOS
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES

Hoy, 25 DE JUNIO DE 2004, SIENDO LAS 11:30 A.M.,comparecieron por ante este Juzgado la Abogada ELBA CHAVEZ R., inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 79.449, en su carácter de Apoderada Judicial del ciudadano BLADIMIR BAUBLYS R., titular de la cédula de identidad No. 4.384.467, y por la parte demandada CORRUGADORA LATINA & C.A., representada por su apoderado judicial Abogado EDUARDO AULAR BARRIOS, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 26.948, y a los fines de acreditar dicha representación presenta instrumentoo Poder constante de tres (3) folios; en este estado ambas partes presentan al tribunal escrito Transaccional suscrito por ellas, en esta misma fecha 25-06-04 en presencia de la Juez, la cual se considera como parte integrante de la presente acta, constante de Cinco (5) folios útiles. Seguidamente ambas partes debaten sus respectivos puntos de vistas y proceden a exponer los alegatos esgrimidos por cada uno de ellos, manteniendo respectivamente sus posiciones, sin embargo ante dichas controversias de intereses una vez instados por la Juez, que preside la audiencia a mediar y conciliar para lograr resolver el conflicto planteado entre ambas partes. En este estado, la Abogada ELBA CHAVEZ R., antes identificada, actuando en representación de la parte actora, expone: "De conformidad con lo previsto en el artículo 263 del Código de Procedimeinto Civil, en concordancia con el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, DESISTO del presente procedimiento por cuanto me han sido satisfechas por parte de la demandada las pretensiones planteadas, y en virtud de ello solicito de la ciudadana Juez homologue el presente desistimiento, y archive el expediente". Seguidamente el Abogado EDUARDO AULAR BARRIOS, antes identificado, en nombre de su representada expone:"Acepto en el desistimeinto del procedimiento formulado por la parte actora". Visto que el desistimiento del procedimiento formulado por la apoderada judicial de la parte actora, y que el mismo no es contrario a derecho ni vulnera normas de orden público, este Tribunal Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 eiusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador derivados de la relación de trabajo, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO FORMULADO POR LA PARTE ACTORA, en los términos como consta en la presente acta, dándole efectos de COSA JUZGADA. Este Tribunal ordena el cierre y posterior archivo del presente expediente.
LA JUEZ,

ABG. BEATRIZ RIVAS ARTILES
POR LA PARTE ACTORA



POR LA PARTE DEMANDADA,


LA SECRETARIA,

ABG. LOREDANA MASSARONI