REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal de Control de Barquisimeto
Barquisimeto, 16 de Marzo de 2004
193º y 145º

ASUNTO PRINCIPAL : KP01-P-1999-002772

En virtud de lo solicitado por el ciudadano José Antequera, en fecha 08-03-2004, este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República de Venezuela y por autoridad de la Ley considera que previo análisis de las actas que integran el presente asunto, no existe elementos que hayan variado en cuanto al hecho delictivo y en cuanto al modo, tiempo y lugar, por lo que considera improcedente la solicitud de una Medida Menos Gravosa a favor del ciudadano Cayetano Benito Menchaca Arenas. Notifíquese y Cúmplase.-





El Juez

El Secretario

Abog. Antonio José Gutiérrez