REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA
TRIBUNAL DE CONTROL
Barquisimeto, 04 de MARZO de 2004.
AÑOS: 193° Y 145°.-
ASUNTO PRINCIPAL: KPO1-S-2004-001102.-
Visto el escrito que antecede este Tribunal observa:
La Fiscal Quinta del Ministerio Público negó la entrega del vehículo clase automóvil, marca Ford, modelo Maverick, color amarillo, tipo sedán, uso particular, placas AR302T, serial de carrocería AJ92RK34170 (suplantado), serial de compacto devastado 1W69ACV108465 (falso), serial chapa Body 34170 (original)
El referido vehículo fue retenido por funcionarios policiales cuando era conducido por Edgar José Medina Pérez, y al ser verificado por el sistema SIPOL se obtuvo la información de que el referido vehículo había sido robado, recuperado y entregado en el año 1989.-.
Ahora bien, la Fiscalía negó la entrega del mismo debido a la alteración que presentaron sus seriales.
No obstante ello, consta en los autos el original del documento que acredita la propiedad que sobre el vehículo tiene la ciudadana YARITZA YANET RODRÍGUEZ a quien el ciudadano HONNY RAFAEL SILVA MUJICA vende dicho vehículo en el mes de junio del año 2003, documento este que efectivamente se encuentra asentado en los Libros de la Notaría en la que se autenticó el mismo, según pudo ser verificado por funcionarios del CICPC; Sub-Delegación Lara. Igualmente consta en los autos que el Certificado de Registro N° 862330 a nombre del precitado ciudadano, es auténtico. Por otra parte, el vendedor HONNY RAFAEL SILVA MUJICA, al rendir su declaración expresó que efectivamente ese vehículo había sido anteriormente robado, circunstancia esta que permite presumir que ello fue el motivo de la alteración de sus seriales.
Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal considera procedente hacer la entrega del vehículo en cuestión a la ciudadana YARITZA YANET RODRÍGUEZ, quien ha comprobado su legítima propiedad del mismo, con los documentos a los que se ha hecho referencia, y así se resuelve.
DECISIÓN
En mérito a las consideraciones que anteceden este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, acuerda la entrega del vehículo clase automóvil, marca Ford, modelo Maverick, color amarillo, tipo sedán, uso particular, placas AR302T, serial de carrocería AJ92RK34170 (suplantado), serial de compacto devastado 1W69ACV108465 (falso), serial chapa Body 34170 (original) a la ciudadana YARITZA YANET RODRÍGUEZ, con cédula de identidad N°9.544.798, en calidad de DEPÓSITO, y con la obligación de presentarlo en las oportunidades que se lo requiera la representante del Ministerio Público. En consecuencia se acuerda oficiar lo conducente al encargado del Estacionamiento Concordia de esta ciudad, a objeto de que materialice la entrega acordada por este Tribunal a la precitada ciudadana. Por último, se acuerda notificar de la presente decisión al Fiscal Quinto del Ministerio Público y a la ciudadana YARITZA YANET RODRÍGUEZ. NOTIFÍQUESE. REGÍSTRESE Y CÚMPLASE.
LA JUEZA TITULAR CUARTA DE CONTROL,
ABG. BLANCA LUISA SANTANA VERENZUELA.
LA SECRETARIA,
ABG. ANAIZITT GARCÍA SORGE.
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