REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL DEL L.O.P.N.A. EXTENSIÓN BARQUISIMETO.

Este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, considera puede existir el delito de estafa, sim embargo no existen elementos que permitan identificar la intervención del adolescente, por lo que no puede ser sometido a ninguna medida cautelar prevista en la LOPNA, de manera que la fiscalia tiene la facultad de continuar con la investigación, y solicitar medida cautelar en el momento que tenga elementos de convicción, en este acto no se debe declarar el sobreseimiento de la causa por cuanto se esta iniciando la investigación. Se acuerda continuar el Procedimiento por la Via Ordinaria y la libertad inmediata al adolescente.Enviese las actuaciones a la Fiscalia.Es todo.tb