REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA. SALA DE JUICIO JUEZ UNIPERSONAL N° 02
CARORA
193º y 145º

Por escrito presentado ante este Tribunal en fecha diez (10) de febrero del 2.004, la ciudadana Josefina Navas de Rivero, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 6.795.049, domiciliada en esta ciudad de Carora, Municipio Torres del Estado Lara, actuando en representación legal de su nieta la niña Jenifer, asistida por el Defensor Público N° 8 del Sistema de Protección del Niño y del Adolescente, abogado Pedro Luis Rojas y expuso:

“Es el caso ciudadano Juez, que la diex requiere de una autorización judicial para expedir la cédula de identidad de mi nieta ya identificada. Ya que los padres de mi hija no están presentes para gestionar dicho tramite. Por todo lo antes expuesto es que comparezco ante este Juzgado, a solicitar muy respetuosamente de este digno Tribunal otorgue Autorización Judicial a los fines de gestionar ante la diex a los fines de la obtención de la cédula de identidad de mi nieta. (Copiado Textualmente).”

Admitida la solicitud de Autorización Judicial en fecha trece (13) febrero del 2.004, se le requirió a la solicitante consignara la partida de nacimiento de la madre de la niña y se ordenó notificar al ciudadano Fiscal VIII del Ministerio Publico.

En fecha primero (01) de marzo del 2.004, el ciudadano Bernardo Arroyo, en su carácter de Alguacil Titular del Tribunal, consignó la boleta de notificación librada al ciudadano Fiscal VIII del Ministerio Público, debidamente firmada.

En fecha dos (02) de marzo del 2.004, compareció la ciudadana Josefina Navas de Rivero, asistida por el Defensor Público N° 8 del Sistema de Protección del Niño y del Adolescente, abogado Pedro Luis Rojas, y expuso: Consigno partida de nacimiento original a los fines legales.

Este Juzgado para decidir observa:

Examinados los recaudos presentados y cumplidos todos los requisitos exigidos por la Ley, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, concede Autorización Suficiente a la ciudadana Josefina Navas de Rivero, para que en representación de su nieta la niña Jenifer, proceda a tramitar lo concerniente a la cédula de identidad de su nieta la niña Jenifer. Expídanse copias certificadas de todas las actuaciones que contiene esta solicitud, así como de la presente decisión para la solicitante y para el archivo. Devuélvanse los originales a la solicitante.

Regístrese y publíquese.

Dada, sellada y firmada en la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. Carora, 03 de marzo del 2.004. Años 193º y 145º.


SALA DE JUICIO JUEZ UNIPERSONAL Nº 02

Abg. ALBERTO HERRERA CORONEL

LA SECRETARIA

Abg. LUISA CRISTINA GONZALEZ CAMPOS

En esta misma fecha se publico bajo el N° 114-2.004, y se registro siendo las 9:30 a.m.-


LA SECRETARIA

Abg. LUISA CRISTINA GONZALEZ CAMPOS






EXP. Nº 2SJ2.559-04
AHC/rac/02