REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, uno de marzo de dos mil cuatro
193º y 145º
ASUNTO : KP02-S-2002-000065
El ciudadano PASTOR JOSE GONZALEZ CARVALLO, venezolano, mayor de edad, de cédula identidad N° V- 5.244.249 y de este domicilio, presentó escrito donde solicita RECTIFICACION DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, en el sentido de que aparece errado el apellido de su madre como "CARABALLO" (y por ende su segundo apellido) siendo el apellido correcto de ambos “CARVALLO”. La solicitud se admitió a sustanciación, y se acordó notificar a la Fiscal del Ministerio Público.-
Este Tribunal para decidir observa:
UNICO: Con los recaudos acompañados y la notificación de la Fiscal Décimo Quinta del Ministerio Público consignada, ha quedado comprobado el error, por lo que este Tribunal administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley ACUERDA rectificar dicha PARTIDA DE NACIMIENTO del ciudadano PASTOR JOSE GONZALEZ CARVALLO, venezolano, mayor de edad, de cédula de identidad N° V- 5.244.249, en el sentido de que corrija el Apellido de la madre y por ende su segundo Apellido "CARABALLO", siendo sus apellidos correctos "CARVALLO".- En consecuencia, se ordena al JEFE CIVIL DE LA PARROQUIA CONCEPCIÓN DEL MUNICIPIO AUTÓNOMO IRIBARREN DEL ESTADO LARA Y AL REGISTRADOR PRINCIPAL DEL ESTADO LARA, inserten la nota marginal correspondiente en la PARTIDA DE NACIMIENTO N° 5.160, folio 199vto del año 1958. Queda firme en esta misma fecha.-
Publíquese y regístrese.- Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Tribunal, en Barquisimeto al primer día del mes de Marzo de dos mil cuatro.- Años: 193º y 145º
LA JUEZ,
(FDO)
ABG° PATRICIA CABRERA MANFREDI
LA SECRETARIA ACC,
(FDO)
ABG° LORELY PINEDA M.
Públicada en su fecha a la 2:50 p.m.
PCM/LPM/jysp.
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