REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, once de marzo de dos mil cuatro
193º y 145º

ASUNTO : KP02-S-2004-000105
La ciudadana NOHELIA JOSEFINA PIÑERO GRANADILLO, venezolana, mayor de edad, de cédula de identidad N° V- 11.581.081, de este domicilio, presento escrito donde solicita la RECTIFICACION DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, ya que por error asentaron su primer nombre como "NOELIA", siendo su primer nombre correcto "NOHELIA". La solicitud se admitió a sustanciación, y se acordó notificar a la Fiscal del Ministerio Público.
Este Tribunal para decidir observa:
UNICO: Con los recaudos acompañados y la notificación de la Fiscal Décimo Quinto del Ministerio Público consignada, ha quedado comprobado el error, por lo que este Tribunal administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley ACUERDA rectificar la PARTIDA DE NACIMIENTO de la ciudadana NOHELIA JOSEFINA PIÑERO GRANADILLO, venezolana, mayor de edad, de cédula de identidad N° V- 11.581.081, de este domicilio, en el sentido de que se asiente su primer nombre como "NOHELIA". En consecuencia, se ordena al PREFECTO DEL MUNICIPIO ANDRES ELOY BLANCO, PARROQUIA PIO TAMAYO DEL ESTADO LARA y al REGISTRADOR PRINCIPAL DEL ESTADO LARA, inserte la nota marginal correspondiente en la PARTIDA DE NACIMIENTO No. 379, folio 191, de fecha 12 de Abril del año 1972. Queda firme en esta misma fecha.-
Publíquese y regístrese.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Tribunal, en Barquisimeto a los once días del mes de marzo del dos mil cuatro.- Años: 193º y 145º.-

La Juez,
(FDO)
Abog. Patricia Cabrera Manfredi

La Secretaria ACC,
(FDO)
Abog. Lorely Pineda Monasterios.

Publicada en su fecha a las 2:00 p.m.
Seguidamente se oficio bajo los Nos. 0900-734 y 0900-735.
PCM/LPM/jysp.