REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, quince de marzo de dos mil cuatro
193º y 145º
ASUNTO: KP02-S-2004-001430
Vista la solicitud presentada por el Abogado ALEXIS LATTUF BRICEÑO, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 11790047 de este domicilio, inscrito en el IPSA bajo el N° 14.504 en representación del ciudadano CRISANTO QUERO BORGES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 705.964, según consta del poder debidamente autenticado por ante la Notaria Cuarta de Barquisimeto el día 27 de Febrero del 2004, bajo el N° 57, tomo 24, del libro de autenticaciones llevado por esa Notaria, y donde solicita que a su presentado se le conceda titulo supletorio de dominio sobre unas bienhechurias que fomentó a expensa propias con dinero de su propio peculio, ubicadas en la Jurisdicción del Municipio Iribarren del Estado Lara, en el sitio conocido como Barrio Manzano arriba, callejón Municipal El Manzano Rió Claro, kilómetros 09, sobre un lote de terreno ejido con Contrato de concesión de uso con cogido catastral 122-0052-66, conforme consta de documento otorgado en la dirección de catastro de la Alcaldía del Municipio Iribarren del Estado Lara, de fecha 27 de julio del 2000, anotado bajo el N° 446, tomo 19, folio 3 del libro llevado en esa dirección, que mide TRES MIL QUINIENTOS SETENTA Y UN METROS CUADRADOS CON CUARENTA Y TRES CEMTIMETRO CUADRADOS (3.571,43 mtrs2) comprendida dentro de los siguientes linderos NORTE: En línea de nueve con cuarenta y ocho centímetros (9,48 mtrs), Dieciocho metros con setenta y nueve centímetros (18,79 mtrs), cuatro metros con once centímetros (4,11 mtrs), ocho metros con veintidós centímetros (8,22 mtrs) tres metros con cuatro centímetros (3,04 mtrs) y treinta y un metros con treinta y tres centímetros (30,33 mtrs) con JOSE MELENDEZ calle en proyecto: SUR: En línea de veinte metros con tres centímetros (20,03 mtrs), dieciséis metros con seis centímetros (16,06 mtrs), y veintisiete metros con seis centímetros (27,06 mtrs) con terreno desocupado; ESTE: En línea de sesenta metros con tres centímetros (60,03 mtrs); y OESTE: En línea de veintiún metros con ochenta y nueve centímetros (21,89 mtrs), treinta y cinco metros con diecisiete centímetros 35,17 mtrs), veintiocho metros con noventa y ocho centímetros (28,98 mtrs) con RAFAEL MELENDEZ. Dichas bienhechurias esta constituida por una casa-quinta que tiene un parea aproximada de ochenta metros cuadrados (80,00 mtrs2) esta constituida con paredes de bloque de cemento, techo de tabelon, piso de cemento, frisos de primera, consta de dos dormitorios, un recibo comedor, una cocina empotrada, dos salas de baño, lavadero, instalaciones de luz, aguas negra y aguas blancas, un consumidero, un tanque para almacenar agua con capacidad de dieciocho mil litros (18.000Ltrs) con su respectiva bomba eléctrica cercadas con paredes de bloque con portón de hierro y tela de alfajol, con estantillos de hierros y madera siembra de árboles frutales. El valor invertido es la cantidad de VEINTE MILLONES BOLIVARES (Bs. 20.000.000,00), y teniéndose presentes las declaraciones de los testigos HENRY ANTONIO QUINTERO y ALEXIS RAFAEL HERNANDEZ, éste Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener aprueba la mencionada Justificación y le DECLARA TITULO SUPLETORIO DE POSESIÓN DOMINIO a favor del ciudadano CRISANTO QUERO BORGES, representado por el Abogado ALEXIS LATTUF BRICEÑO, ya identificados, en las bienhechurias antes descritas en el presente decreto el cual no podrá ser registrado sin la autorización del propietario del terreno sea un ente público o privado, conforme al acuerdo del primero de abril de 1.970, dictado por la Corte Suprema de Justicia en la Sala Político Administrativa, devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-
LA JUEZ
TAMAR GRANADOS IZARRA
LA SECRETARIA
MARIA FERNANDA ALVIAREZ
/Milagro
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