REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transitode la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, diecinueve de marzo de dos mil cuatro
193º y 145º

ASUNTO : KP02-S-2004-001034

Vista la solicitud presentada por el ciudadano Rafael Antonio Alvarado Aguilar, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 7.395.470 de este domicilio, asistido de abogado, donde manifiesta se le conceda titulo supletorio de dominio sobre unas bienhechurias que fomentó a expensa propias con dinero de su propio peculio, ubicadas en el Caserío Buenos Aires de la Jurisdicción de la Parroquia Buena Vista, Municipio Iribarren del Estado Lara, sobre un lote de terreno ejido, que mide VEINTICINCO MIL DOCIENTOS METROS CUADRADOS (25.200.000 mtrs2) comprendida dentro de los siguientes linderos NORTE: Casa y terreno de Pascual Alejo y Julia Sequera: SUR: Casa y terreno de LUIS PERALTA Y OLINTO PEREZ; ESTE: Casa y terreno de ubencio Alvarado; y OESTE: Carretera Principal que es su frente;. Dichas bienhechurias esta constituida por una casa de bahareque piso de tierra cercado con alambre púa y estantillos de madera. El valor invertido es la cantidad de UN MILLON MIL BOLIVARES (Bs. 1.500.000,00), y teniéndose presentes las declaraciones de los testigos GUSTAVO IRIBARREN y RAFAEL GONZALEZ, éste Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener aprueba la mencionada Justificación y le DECLARA TITULO SUPLETORIO DE POSESIÓN DOMINIO a favor del ciudadano Rafael Antonio Alvarado Aguilar, ya identificado, en las bienhechurias antes descritas en el presente decreto el cual no podrá ser registrado sin la autorización del propietario del terreno sea un ente público o privado, conforme al acuerdo del primero de abril de 1.970, dictado por la Corte Suprema de Justicia en la Sala Político Administrativa, devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-


LA JUEZ


TAMAR GRANADOS IZARRA
LA SECRETARIA


MARIA FERNANDA ALVIAREZ


/Milagro