REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, dos de marzo de dos mil cuatro
193º y 145º
ASUNTO : KP02-V-2003-001615
Vistos.
Por cuanto de la revisión exhaustiva realizada al presente juicio de Ejecución de Hipoteca, intentado por FONDO COMUN C.A. BANCO UNIVERSAL, a través de su apoderado judicial abogado LUIS ELBANO ZERPA SANTELIZ, de Inpreabogado No. 17.334, contra CARMEN MARIA MAYZ RIVERA, ESTEFANIA MARTEL MAYZ y FABIANA MARTEL MAYZ, se observa que las dos últimas codemandadas son menores de edad, conforme al dispositivo legal especial que rige la materia, concretamente el artículo 383 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, se evidencia que significa una indudable proyección sustantiva del régimen de conocimiento de la jurisdicción minoril, en consecuencia este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, se DECLARA INCOMPETENTE para conocer de la presente causa, y en consecuencia, DECLINA al Juzgado de Protección del Niño y del Adolescente. En consecuencia, se ordena remitir el expediente a la Unidad Receptora y Distribución de Documentos del área civil, con oficio, una vez quede firme la presente decisión.
Déjese la copia de ley.
Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, a los dos días del mes de marzo de dos mil cuatro. Años 193° y 145°. *men*
La Juez
Tamar Granados Izarra
La Secretaria Acc.
Maria Fernanda Alviárez Rojas
Se publicó en la misma fecha y se dejó copia.
La Sec. Acc.
|