REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS IRIBARREN, CRESPO Y URDANETA

En fecha 03/03/2004, siendo la oportunidad fijada por el Tribunal, se constituyó el Juez y Secretario en la dirección indicada en el Acta. A solicitud del Apoderado Actor. A fin de cumplir el Embargo Ejecutivo, nos atiende el Demandado de autos, y se notificó de la misión del Tribunal, quien para evitar la práctica de la medida ofreció cancelar en ese acto la suma de 215.985 Bs. que comprende la suma reclamada. El Abog. Actor acepta el pago hecho por el Notificado Demandado y manifestó que solo quedaban pendientes los intereses moratorios. El Tribunal cumplida su misión, regresa a su sede siendo las 10:20 am. Se levantó Acta y la firman los intervinientes.