Quíbor, 18 Marzo de 2004.
193° y 145°

EXP. N° 1848.
Partes: DAYANA JOSEFINA HERNANDEZ
JOSE SANTANA HERNANDEZ RODRIGUEZ
Beneficiario: ANDERLY ESTEFANIA, ANDERZON JOSUE, ANTHONY JOSE Y ANGELA DANIELA
Motivo: Pensión Alimentaria

Vista la CONCILIACIÓN a la cual llegaron las partes en el presente juicio inserto al folio Diecinueve (19), por cuanto tal actuación no es contraria a Derecho, y versa sobre derechos disponibles, este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, tomando en cuenta el Interés superior del Niño y del Adolescente, establecido en el articulo 8 de la Ley Orgánica de Protección del Niño y del Adolescente, imparte su HOMOLOGACIÓN, de conformidad con lo establecido en los artículos 375 y 516 de la Ley Orgánica de Protección del Niño y del Adolescente. Se ordena la Apertura del Cuaderno de Cumplimiento Alimentario, anexándole copia certificada de la Conciliación y de la presente Homologación.
LA JUEZA TEMPORAL

DRA. YUNIA ROSA GÓMEZ DUARTE
LA SECRETARIA

ABG. MARILUZ CASTEJON PEROZO
En esta misma fecha se le dio cumplimiento a lo ordenado en auto. (Conste)
LA SECRETARIA

ABG. MARILUZ CASTEJON PEROZO

YRGD/MCP/sandra
Exp. N° 1848.