REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL EXTENSIÓN CORO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Control de Coro
Coro, 31 de Mayo de 2004
194º y 145º

ASUNTO PRINCIPAL : IP01-S-2004-000668
ASUNTO : IP01-S-2004-000668


DESESTIMACION DE ASUNTO

Visto el escrito presentado ante la Oficina de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal, por el Abg: Gerardo Camero, en su carácter de Fiscal Segundo (A) del Ministerio Público, mediante el cual solicita la desestimación del presente asunto, con fundamento en el articulo 301 del Código Orgánico Procesal Penal,en virtud de que el hecho objeto del asunto no reviste carácter penal. El tribunal revisa el asunto y observa que el hecho versa sobre una denuncia presentada por el Ciudadano: Alexander Candelario Cotiz Ibañez en contra del Ciudadano: Luis Acosta en virtud de que trató agredirlo pero logró ausentarse del lugar no queriendo tener problemas con él, desprendiendose que no existe delito alguno para el inicio de investigación no encuadrando los hechos en ningún tipo penal. Por estas razones y con fundamento en este dispositivo legal este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón con Sede en Santa Ana de Coro, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara la desestimación del presente asunto seguido contra el Ciudadano: Luis Acosta, solicitado por el Representante del Ministerio Público y remite las actuaciones al archivo judicial de este CircuitoPenal. Notifiquese.


La Juez


Abog. Gloria Vargas Vargas.
La Secretaria,

Abg.Olivia Bonarde