REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO LARA
TRIBUNAL DE CONTROL
Barquisimeto 18 de Mayo de 2004
FUNDAMENTACION
ASUNTO N° KP01P2004000507
Este Tribunal de Control N° 1 administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley pasa a fundamentar de conformidad con el art. 177 Código Orgánico Procesal Penal en los siguientes términos: Se constituye en la Sala de Audiencias de este Circuito Judicial Penal el Tribunal de Control N° 1 , integrado por el Juez Abg. Antonio José Gutiérrez, Secretaria de Sala Abg. Mariant Alvarado y el Alguacil de Sala, verificada la presencia de las partes se deja constancia que se encuentran presentes: Previo traslado del Centro Penitenciario de la Región Centro Occidental URIBANA 1.- INGRID YAMILET GONZALEZ REYES no porta cedula pero dice ser el número CI N° 9.537.557, nacido en San Carlos, en fecha 30-05-1966, edad 37 años, estado civil casada, oficio Secretaria, domiciliado Calle libertad Barrio Pan de Oro casa N° 4-62, a dos cuadras del Colegio Grupo Don Guillermo González, frente Tasca Los Almendrones, hija de José Amado González y Elia Ramona de González, teléfono 02584337138 Elia de González, Estado Cojedes; dirección del trabajo Hospital General San Carlos Dr. Juan Silva teléfono 02584331180-4331181, Estado Cojedes, defensa privada Abg. Alirio Echeverría IPSA N° 92.426 2.- CARLOS LUIS PEREZ BARRIOS no porta cedula pero dice ser el número 14.413.603, nacido en San Carlos, en fecha 01-05-1978, edad 26 años, estado civil SOLTERO, oficio Comerciante, domiciliado Los Colorados vía cacao casa N° 3-60 vía principal, a lado de la Licorería Tasca El Viejo Emiro, hijo de Álvaro Emiro Pérez y Argelia Barrios de Pérez; Teléfono 02584335274 Familia Pérez Sra. Victoria Pérez (abuela), otra dirección: Los Colorados carrera 6 casa 2-21 Sr. Humberto Rodríguez (compadre); la defensa privado Abg. Alirio Echeverría IPSA N° 92.426 quien es designado como su defensor de confianza por el imputado CARLOS LUIS PEREZ BARRIOS; Fiscal Cuarto del Ministerio Público Abg. Ángela Mottola; los fiadores Vicente Antonio Veloz Reyes CI N° 6698298 domiciliado en el Estado Cojedes La Aguadita calle principal Barrio Las Colinas casa N° 16, a dos cuadras de la Farmacia La Aguadita teléfono 04144276748- 04144276809, comerciante; José Antonio Piña, CI N° 7858832, domiciliado en San Carlos Urbanización Los Colorados casa N° 36 a una cuadra de la Licorería Don Jesús; inspector de obras viales, teléfono 04144366428- Estado Cojedes; Páez Luis Eduardo CI N° 9534859, domiciliado calle Libertad San Carlos Estado Cojedes casa 8-88, a 100 metros del Abasto- Carnicería Limón, teléfono 02584338713, tipógrafo en la Compañía SUMACA; Morales García Berkelys Antonio CI N° 7874172 domiciliado Cojedes calles Libertad con calle 62 casa N° 26, a 20 metros de la Agencia de Loterías Maranelo, teléfono 02584336383, Contratista (Obras Civiles- Corporación SUMACA). Cumplidos los requisitos presentados por los fiadores y debidamente verificados por este Tribunal se acuerda de conformidad con el art. 258 del Código Orgánico Procesal Penal se decreta la revisión de la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad decretada en contra de los imputados de autos, se acuerda Régimen de Presentación ord. 3° art. 256 Código Orgánico Procesal Penal, por lo que se deberán presentar por ante la Comandancia General de las Fuerzas Armadas Policiales del Estado Cojedes, cada 15 días deberán presentar justificativo ofíciese al Estado Cojedes- San Carlos a fin de informar sobre la Medida impuesta a los imputados y por ante la URDD Penal del Estado Lara, una vez por mes e de conformidad con el ord. 9 igualmente consignarán justificativo emitido por el Comandante de las Presentaciones realizadas ante su despacho.
LA JUEZ DE CONTROL N° 1
ABG. ANTONIO JOSE GUTIERREZ
SECRETARIA DE SALA
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