REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO. EXTENSIÓN BARQUISIMETO.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal de Juicio de Barquisimeto
Barquisimeto, 7 de Mayo de 2004
Años 194º y 145º

ASUNTO PRINCIPAL : KP01-P-2003-001629

Vista la solicitud presentada por la Abogado Fanny Camacaro, Defensora Pública Penal N° 20 (Suplente), en su condición de defensora del ciudadano Wilman Gutierrez, mediante el cual pide que a su representado le sea extendida la medida de presentación ante la URDD, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal. Bien en la audiencia de presentación del imputado, folios 9, 10 y 11, el Tribunal de Control N° 3 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, en fecha 03 de Diciembre del año 2003, le fue acordada Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, de conformidad con el artículo 256 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal, presentación ante la URDD cada quince (15) días al imputado Wilman R. Gutierrez C.. En consecuencia este Tribunal declara Con Lugar la solicitud de la defensa, acuerda la presentación del imputado Wilman Ramón Gutierrez Carrasco por ante la URDD, cada treinta (30) días. Regístrese y Notifíquese.-

El Juez de Juicio N° 4

El Secretario(a)

Abog. Domingo José Martinez Carrasquero