REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, diez de mayo de dos mil cuatro
194º y 145º

ASUNTO : KP02-Z-2004-001462
Visto el acuerdo suscrito por ante la Fiscalía Decimoséptima del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, contentivo de acuerdo celebrado entre los ciudadanos SANTIAGO JOSE ORTIZ FREITEZ y EVELYN IVANYI LOPEZ ORTIZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V. 9.570.224 y V. 12.433.796 respectivamente, domiciliados en la Avenida 15- AN° 52-41, Santa Eduviges Quibor y en la Avenida 4 Calles 15 y 16, Barrio La Libertad, s/n Quibor, Estado Lara, en la condición de padres en beneficios de su hija identificación omitida dando cumplimiento al artículo 65 de la LOPNA, de 08 años de edad, este Tribunal le da entrada en los libros respectivos de este despacho y lo admite en cuanto ha lugar a derecho por no ser contrario al orden público y a ninguna disposición expresa de Ley, estableciendo dicho convenio de Régimen de Visitas la siguiente manera:

PRIMERO: La niña permanecerá una semana con el padre y otra con la madre.
SEGUNDO: Las vacaciones escolares serán compartidas.
TERCERO: En diciembre el 24 estará con la madre y el 31 con el padre.
En consecuencia, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 315 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, HOMOLOGA el convenimiento y en consecuencia ordena se tenga como sentencia firme.
Líbrense copias certificadas de la presente homologación y entréguense a la parte interesada a los fines legales consiguientes.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Juicio N° 1 el Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara en Barquisimeto, a los diez días del mes de Mayo 2004. Años 194° de la Independencia y 145° de la Federación.

La Juez, N° 1.



Dra. María Alvarez Lucena
La Secretaria,


Abog. Sandy Arrieche.


ep.-