REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS IRIBARREN, CRESPO Y URDANETA

Siendo las 9:30 am, se trasladó este Juzg. Ejecutor en la Carr. 18 entre Calles 25 y 26, Ctro. Comercial Atlántico, Local N° A-10, Munic. Iribarren, Bqto. Edo. Lara, acompañados por el abog. actor Francisco Meléndez S. inpre 7705, así como de José Alirio Leal rpte. de la Dep. Judicial Yacambú, Omar Parra y Miguel Ruiz designados depositario, perito y cerrajero respectivamente, aceptaron el cargo y prestaron juramento. No fue posible la notificación de ley por no ser atendidos por persona alguna en el lugar; se hizo la apertura de la puerta con la asistencia del cerrajero señalando el actor los bienes a embargar siendo avaluados en la cantidad de Bs. 120.000, el Trib. decretó el Emb. Ejec y los colocó en posesión de la dep. judicial quien procedió a su retiro, reservándose el apod. judicial el derecho de seguir señalando bienes pertenecientes al demandado; igualmente el Trib. materializó la desposesión jurídica del inmueble y lo entregó libre de personas al apod. judicial.