REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO TORRES

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO TORRES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA. CARORA 10 DE MAYO DEL AÑO 2004 AÑOS. 194º Y 145º


Visto el Despacho de Comisión enviado del Juzgado del Municipio Torres de la Circunscripción Judicial del Estado Lara con oficio Nº2670-216 de fecha 06 de Mayo del año 2.004. Causa Nº 3.241, seguida por la ciudadana Alcadia de Alvarado, asistido por el Abogado Hengerbert Sierra, contra el ciudadano Ángel Proto Motivo. Cobro de Bolívares (Vía Intimación) para los efectos de practicar Medida de Embargo Preventivo, tal como lo indica el Despacho de Comisión. Al efecto désele entrada y cúmplase la comisión conferida. Fíjese hora y fecha en su oportunidad. Nómbrese y juramentase Perito y Depositaria Judicial. Trasládese y constituyase el Tribunal en el sitio que indique la parte actora. Hágase las anotaciones correspondientes y una vez cumplida devuélvase con sus resultas al comitente.

EL JUEZ PROVISORIO.


ABG. RAFAEL JOSÉ MARTINEZ RIVERO
EL SECRETARIO

ABG.HUGO ERRIQUE CARRASCO ORTEGA

Conforme esta acordado, en esta misma fecha se le da entrada en el Libro de Comisiones llevado por este Despacho bajo el Nº 578/ 2.004.

EL SECRETARIO

ABG. HUGO ERRIQUE CARRASCO ORTEGA


RJMR/ HECO/ac
EXP Nº 578/2.004