Este Juzgado del Municipio Urdaneta de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declarada SIN LUGAR la demanda, intentada por la adolescente: YANINA VERÓNICA CASTILLO, EN SU PROPIO BENEFICIO, contra el ciudadano. BENIGNO EUGENIO MORALES ORIHUELA, por ser este Tribunal incompetente para reconocer sobre la materia de filiación, se insta a la solicitante gestionar lo conducente por ante un Tribunal competente, de conformidad con los artículos 366, 367 y 520 de la Ley Orgánica de Protección del Niño y del Adolescente.-